By Sandra&Diana
La dificultad que tienen los jóvenes españoles para la emancipación es un tema bastante difundido ya en nuestra sociedad. Numerosos chistes existen en España y en toda Europa sobre “la edad media en la que un español deja la casa de sus padres”. Pero después de tanto debate, lo que hacía falta ya era una solución.
Pues sí, parece que al fin alguien se lo ha planteado, y si todo sale bien, a partir de enero podríamos beneficiarnos de una ayuda para el alquiler por parte de nuestro gobierno, la “Renta de Emancipación”.
Algunos medios ya han dado buena cuenta de este ansiado logro y muchos jóvenes habrán buscado información por su cuenta, pero aun así parece que esta noticia no ha calado aun en la mayoría de aquellos que podrían denominarse “interesados” en el asunto.
Aquí podremos apreciar el grado de conocimiento sobre la materia y diversas opiniones que presentaban algunos de los entrevistados en el centro de Sevilla, el pasado día 22 de noviembre, alrededor de las 8 de la tarde.

Mario, 21 años: “He escuchado sobre la ley. Creo que tienes que tener un contrato de trabajo mínimo de 6 meses, aunque puede ser temporal. Son 200 euros los que te dan de ayuda. Yo vivo de alquiler, pero soy estudiante, con lo cual no puedo pedirla.

Ana. 20 años: “No sé mucho, la idea es buena pero creo que en la práctica no será tan beneficiosa. Creo que hay que tener un sueldo mínimo y no sé si algo más. No hay suficiente publicidad, porque sólo he oído del tema en la televisión”.
Rosa, mayor de 30 años: “Creo que deberían existir más ayudas como ésta. El único problema es que no todo el mundo tiene nómina y la gente joven tiene trabajos muy eventuales. Esto impide a muchos pedir la ayuda. El aval me parece muy poca cantidad, ya que como mínimo se piden 3000 ó 4000 euros. La ayuda de los 200 euros me parece buena, porque los jóvenes sólo tendrán que poner de su bolsillo unos 200 ó 300 euros”.
RENTA DE EMANCIPACIÓN
¿EN QUÉ CONSISTE?
-Los jóvenes de entre 22 y 30 años pueden recibir:
-210 euros mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual durante un máximo de cuatro años.
-Te ahorras 2.520 euros al año de alquiler, y en total 10.080 durante los cuatro años que dura la prestación.
-600 euros de préstamo que se puede utilizar para la fianza.
-Al finalizar el contrato de alquiler o cuando dejes de recibir la renta de emancipación, deberás devolver esta cantidad.
-Si se necesita aval, 120 euros para los gastos de su tramitación.
-Con esto cubres buena parte de los costes necesarios habitualmente para iniciar un contrato de alquiler. En total, te ahorras en el primer mes hasta 930 euros, sumando 600 del préstamo que te puede ayudar para el depósito, 120 euros del coste habitual de un aval y 210 euros de la primera mensualidad
¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE
-La duración es de 4 años, sean o no consecutivos.
-Esto quiere decir que puedes fraccionar la duración de la prestación. Por ejemplo, si a los tres años dejas de recibir la renta de emancipación, cuando vuelvas a necesitarla y si aún cumples los requisitos, puedes volver a solicitar la prestación por el año restante.
-Sólo habrá una prestación por vivienda habitual alquilada. Se beneficiarán también los que ya estén de alquiler.
-En caso de que haya más de un firmante del contrato de alquiler, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades de la ayuda por el número total de titulares.
-Por ejemplo, si compartes piso con una amiga, el contrato está a nombre de las dos, y reunís todos los requisitos, os corresponderían 105 euros mensuales a cada una.
-El receptor no puede ser propietario de una vivienda (2).
-El préstamo y el coste del aval sólo podrán ser percibidos una única vez. Se concederán sólo para contratos de alquiler nuevos.
-El pago de la prestación de 210 euros se realizará cada mes, tras comprobar que el inquilino ha realizado la transferencia de la renta mensual al propietario.
-No se aceptarán contratos de alquiler entre familiares próximos (primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad).
-Si se modificara alguna de esas circunstancias, el beneficiario habrá de comunicarlo de inmediato al Órgano que le reconoció el derecho a la ayuda, para que resuelva lo que proceda y lo comunique al Ministerio de Vivienda.
*El receptor no puede tener un patrimonio mayor de 108.182,18 euros
¿QUÉ CONDICIONES HAY QUE CUMPLIR?
-Tener entre 22 y 30 años (la prestación se interrumpe a los 30 años).
-El tramo con mayores dificultades de emancipación está entre los 22 y los 30 años.
-Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia(1) o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad
-Si tus ingresos mensuales, aproximadamente, no superan los 1.500 euros netos, podrás acogerte a la ayuda. 8 de cada 10 jóvenes empleados están en esta situación.
-Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
-Si has estado trabajando durante los últimos 6 meses lo comprobaremos directamente con la seguridad social, o si en los próximos 6 vas a estar trabajando y recibiendo ingresos de forma regular, debes aportar copia del contrato.
-Ser titular del contrato de alquiler.
-El contrato de alquiler de tu piso debe estar a tu nombre, o al menos debes ser uno de los firmantes.
-Los extranjeros no comunitarios deben contar con la residencia legal permanente en España.
-Si es tu caso, debes tener la autorización de residencia permanente, que te conceden cuando acreditas haber residido legalmente y de forma continuada en territorio español durante cinco años.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HAY QUE PRESENTAR PARA OBTENER
-Basta con presentar el impreso de solicitud en el que figuran los datos personales necesarios para comprobar que se cumplen todos los requisitos como, la edad, el número de
-En algún caso deberás presentar otra documentación que demuestre que cumples algún requisito exigido. Infórmate en tu Comunidad Autónoma
FORMULARIO DE SOLICITUD
-Ya puedes descargarte el BORRADOR del formulario de solicitud de
En este ejemplo puedes comprobar todos los datos que hay que consignar para poder pedir la prestación. Este documento no tiene validez oficial.
Próximamente estarán disponibles los formularios oficiales de cada Comunidad Autónoma.
Teléfono de información: 900 900 707
Fuente: http://www.alquilerjoven.es
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